Tribunal Oral de Valdivia condena a empresario por contaminación ambiental grave en un humedal de Mariquina
El TOP de Valdivia lo declaró culpable de destruir un humedal junto al río Lingue y de talar bosque nativo sin autorización. Según la Fiscalía, es el primer juicio oral del país por el delito de contaminación ambiental con resultado grave creado por la Ley 21.595. La sentencia es de primera instancia y puede impugnarse.
Por Redacción Expediente Ambiental · Edición: Nicolás San Román Quintanilla
Publicado · 3 min de lectura
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Valdivia condenó a un empresario como autor de dos delitos: contaminación ambiental con resultado grave y tala no autorizada de bosque nativo, cometidos entre octubre de 2023 y febrero de 2024 en el sector Yeco, comuna de San José de la Mariquina, Región de Los Ríos. El veredicto, unánime, se dio a conocer el 9 de octubre de 2026, según el comunicado del Poder Judicial, y las penas se comunicaron el 19 de octubre. Según la Fiscalía de Los Ríos, citada por la prensa, es el primer juicio oral del país por contaminación ambiental con resultado grave, uno de los delitos que la Ley 21.595, de delitos económicos, incorporó al Código Penal en agosto de 2023. Se trata de una sentencia de primera instancia, que puede impugnarse.
Qué dio por acreditado el tribunal
De acuerdo con el comunicado del Poder Judicial, la causa tiene el rol 5-2026 y la redactora es la jueza María Soledad Santana; el comunicado menciona también al juez Pablo Álvarez. El tribunal consideró probado que el condenado, como dueño del predio, autorizó la corta de árboles nativos en pendientes superiores a 45% y a menos de 200 metros de un curso de agua, lo que encuadró en los numerales 1 y 3 del artículo 5 del Decreto Ley 4.363, la Ley de Bosques.
El segundo hecho es el principal. Según el comunicado, con excavadoras y retroexcavadoras se removió tierra de la parte alta del predio y se depositó sobre un humedal palustre (de aguas someras con vegetación) a orillas del río Lingue, con el fin de vender parcelas. La Seremi del Medio Ambiente de Los Ríos considera ese lugar un "sitio prioritario para la conservación de biodiversidad". El tribunal concluyó que el relleno y la sedimentación provocaron "la pérdida total del humedal".
Para calificar la contaminación como grave, el comunicado indica que el tribunal ponderó cuatro elementos: una extensión espacial relevante, efectos prolongados, daño severo o difícil de reparar en la vegetación y la fauna acuáticas, y la pérdida significativa de servicios ecosistémicos, como la provisión de agua y la protección del suelo.
Las penas, según lo informado
El comunicado del 9 de octubre no detalla las penas. Según El Ciudadano y El Desconcierto, el tribunal impuso cuatro años de presidio por la contaminación ambiental y 365 días por la tala, sustituidos por cinco años de libertad vigilada intensiva con obligación de asistir a cursos de formación ambiental, además de una multa de 30.000 UTM. El Ciudadano agrega una multa de 15 sueldos vitales por la tala. La Fiscalía había pedido ocho años de presidio efectivo. No pudimos contrastar estas penas con la sentencia.
Consultado por El Desconcierto sobre las penas, el fiscal Carlos Bahamondes, de la Fiscalía de Los Ríos, afirmó: "La pena está señalada en la ley".
Análisis de Expediente Ambiental
La Ley 21.595 creó en el Código Penal un título sobre atentados contra el medio ambiente. La protección de humedales suele discutirse en sede administrativa o en demandas de reparación ante los tribunales ambientales. Este caso muestra la vía penal en funcionamiento contra una persona natural y por una intervención ligada a la venta de parcelas. Dos cautelas: es una sola sentencia, de primera instancia, y una condena penal no ordena por sí misma reparar el humedal; esa es materia de la acción por daño ambiental de la Ley 19.300.
Qué viene
- La defensa y la Fiscalía pueden presentar un recurso de nulidad. El Código Procesal Penal fija un plazo de 10 días desde la lectura de la sentencia. No verificamos si se presentó.
- Mientras no se resuelva un eventual recurso, la condena no está firme.
- No encontramos información sobre una acción civil o por daño ambiental para reparar el humedal.
Notas de verificación
- El texto del veredicto y de la sentencia (el PDF del Poder Judicial no se pudo leer desde nuestro entorno), el RIT y el RUC.
- Las penas, que tomamos de la prensa y no de la sentencia.
- Que esta sea la primera condena del país por un delito ambiental de la Ley 21.595: es una afirmación de la Fiscalía, que habla del primer juicio oral.
Documentos originales
Fuentes consultadas
- Tala de árboles y daño a humedal: Empresario pagará 30 mil UTM en primera condena por delitos ambientales, El Desconcierto. Consultado el 29 de octubre de 2026.
- Taló bosque nativo y destruyó humedal para vender parcelas: Tribunal lo condenó por dos delitos ambientales, El Desconcierto. Consultado el 29 de octubre de 2026.
- Destruyó un humedal para vender parcelas y evitará la cárcel: empresario recibe libertad vigilada y multa millonaria, El Ciudadano. Consultado el 29 de octubre de 2026.
- Publican Ley N° 21.595 de Delitos Económicos, Carey Abogados. Consultado el 29 de octubre de 2026.
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Temas: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, Ley 21.595, Delitos ambientales, Humedales, Bosque nativo, Región de Los Ríos